Registro electrónico
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Parejas de Hecho

Parejas de Hecho


Finalidad

Parejas de Hecho

Órgano gestor

Ayuntamiento de Fuengirola

Efecto del silencio administrativo

No procede

Según la Modificación del artículo 19 del Decreto 35/2005, de 15 de Febrero por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho, el plazo para dictar y notificar la resolución será de tres meses, contado desde la presentación de la solicitud. Transcurrido el plazo mencionado sin  que hubiera recaído y se hubiera notificado la resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

 

Información Adicional

Documentación requerida

  • Copia DNI, pasaporte, N.I.E
  • Certificado de nacimiento original
  • Certificado de estado civil original
  • Certificado de empadronamiento

Documentación complementaria

  • Si la persona está divorciado/a
    • Certificado de matrimonio con inscripcion marginal de divorcio
  • Si la persona está viudo/a
    • Certificado de defunción

A tener en cuenta en la documentacion

  • La documentacion ha de ser original
  • Los certificados de nacimiento y estado civil caducan a los 6 meses
  • El certificado de empadronamiento caduca a los 3 meses
  • DNI, PASAPORTE, N.I.E deben estar en vigor.

Documentacion de ciudadanos extranjeros

  • La documentación extranjera debe venir correctamente legalizada y traducida
  • Traducción: Traductor intérprete jurado legalizado por Ministerio de Asuntos Exteriores de España. si el documento original viene en formato plurilingüe no necesita legalización
  • Forma de legalizar documentos extranjeros de países firmantes del Convenio de la Haya:
    • El documento debe venir con la apostilla de la Haya de los países firmantes (ver listado), excepto aquellos que han suscrito  los siguientes convenios (ver listado)
      • Convenio de Atenas
      • Convenio de Viena
      • Convenio de Londres
      • Canje de notas con la URSS
    • Forma de legalizar documentos extranjeros de países fuera del Convenio de la Haya:
      • Sello/firma del Ministerio de Asuntos Exteriores del país de origen.
      • Sello/firma del Consulado o Embajada de España en el país de origen.
      • Sello/firma del MAEC (ministerio de asuntos exteriores y cooperacion) de España.

Importante: el paso b) y c) es un sello transparente de agua que lo pone el Consulado o Embajada de España.

 

Datos de contacto

Ayuntamiento de Fuengirola
Secretaría General
Plaza de España, 1. 1ª planta. Teléfono: 951 91 65 82
secretaria@fuengirola.org

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