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Impuesto Actividades Económicas

Impuesto Actividades Económicas


Finalidad

Impuesto de gestión compartida entre la Administración Tributaria del Estado y el Ayuntamiento de Fuengirola. Grava el ejercicio de cualquier actividad empresarial, profesional o artística, ejercida o no en local determinado en nuestra localidad.

Órgano gestor

Ayuntamiento de Fuengirola

Efecto del silencio administrativo

No procede

Recursos

Tipo de recurso
Recurso de Reposición


Descripción
Medio de impugnación de las Resoluciones que ponen fin a la vía administrativa.


El acto administrativo por el que se resuelva el recurso de reposición será recurrible ante la jurisdicción contencioso - administrativa.

Plazo del recurso

30 días

Normativa básica

Ley 58/2003, Ley General Tributaria. Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Información Adicional

Requisitos

Representación
Tanto en el caso de personas jurídicas como en la representación de personas físicas es necesaria la aportación de documento que justifique la misma.

Han de quedar plenamente identificados representado y representante, constando de forma inequívoca la voluntad de ambos.

 

Observaciones

El IAAEE se recauda durante los meses de octubre a diciembre. Cada año se establece por este Consistorio un período de casi 30 días en los que el pago del tributo se encuentra subvencionado con un 4% sobre la cuota municipal por pago anticipado.

Para el año en curso este período es de: 03/09/2012 a 15/10/2012.

Consultar la página web del Ayuntamiento: www.fuengirola.org

 

 

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