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Bonificación 50% cuota íntegra del IBI para bienes con sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol

Bonificación 50% cuota íntegra del IBI para bienes con sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol


Quien lo puede presentar

Sujeto pasivo del I.B.I o representante legal debidamente acreditado.

Efecto del silencio administrativo

No procede

Normativa básica

Ordenanza Fiscal Reguladora del IBI (Articulo 11 apartado: 3) Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (Articulo 74.5) Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información Adicional

Requisitos

  • Ser sujeto pasivo del I.B.I.
  • Esta bonificación deberá ser solicitada por el sujeto pasivo del impuesto antes del 1 de enero del ejercicio en el cual haya de surtir efecto.
  • La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la administración competente, siempre que presenten un suministro de energía de al menos el 30 % del total del consumo energético del inmueble.
  • En el caso de que la solicitud no adjuntara los documentos suficientes, al objeto de comprobar que se cumple con los requisitos de concesión, se concederá un plazo de diez días para su aportación, teniendo al interesado por desistido de su pretensión si no se cumple en el plazo de subsanación con lo requerido.

Documentación relacionada

- Publicación BOP Placas Solares : Publicación BOP Placas Solares
- Solicitud General : Solicitud General

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

Documentación a aportar

Documentación necesaria
Documento que identifique el inmueble (referencia catastral)
Proyecto técnico o memoria técnica de la instalación
Factura detallada de la instalación
Factura detallada de la instalación, donde conste el coste total de la instalación, con un desglose unitario de precios en el que se determine razonadamente el coste que supone la construcción, instalación u obra a la que se refiere la factura.
Informe técnico que confirme el porcentaje de uso, funcionamiento y rendimiento de los sistemas de energía renovables
Verificar la existencia real de la instalación, acreditándose por algún medio de prueba de los admitidos en derecho, la realidad fática de la instalación del sistema de aprovechamiento de la energía solar que motiva la bonificación
Otros documentos
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