Registro electrónico
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Licencia Aperturas inicio de actividad

Licencia Aperturas inicio de actividad


Finalidad

Se regularán bajo esta denominación las actividades no sujetas al procedimiento de Declaración Responsable, tales como, comida para llevar, parking, taller de reparaciones de vehículos, obradores de confitería y pastelería, alojamientos turísticos, entidades financieras y aseguradoras, servicios sanitarios, etc., etc...

Órgano gestor

Ayuntamiento de Fuengirola

Efecto del silencio administrativo

No procede

Normativa básica

Pago de tasas

Transferencia bancaria o ventanilla.

Información Adicional

Requisitos: Modelo debidamente cumplimentado según modelo normalizado, acompañado de la documentación relacionada al dorso de la misma.

Las solicitudes producirán efectos únicamente si vienen acompañadas por la documentación que permita iniciar el procedimiento administrativo correspondiente. Con carácter previo a la presentación de los documentos por el solicitante, la administración municipal comprobará su oportunidad y suficiencia desde un punto de vista sustantivo y formal.

Documentación relacionada

- LEY 39/2015 : LEY 39/2015
- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LA CO : ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LA CONCESIÓN DE LICENCIAS DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

Documentación a aportar

Documentación Requerida
DNI/NIE del titular, o CIF caso de mercantil
Acreditación de representación
Acreditación del título que justifique la posesión o uso del inmueble
Documento que justifique el pago de la tasa municipal de apertura
Justificante de pago Inspección higiénico sanitaria
Un proyecto técnico ORIGINAL, suscrito por Técnico competente y visado por su Colegio Profesional.
Un proyecto técnico ORIGINAL, suscrito por Técnico competente y visado por su Colegio Profesional correspondiente.
Informe Favorable para el uso propuesto con relación a la compatibilidad urbanística según el PGOU
Escritura de constitución de la sociedad
Requisitos simplificados de Higiene (OBLIGATORIO PARA ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS)
Requisitos simplificados de Higiene: (Certificado de Desinsectación, Certificados de Manipuladores de Alimentos, Documento de Control de Limpieza y Temperaturas)
Anexo III (OBLIGATORIO PARA ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS)
Comunicación Previa, cumplimentada y registrada, de Inicio de Actividad e Inscripción en el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía (ANEXO III. DECRETO 158/ 2016 de 4 de octubre)
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