Registro electrónico
Hora:  
 

Inscripción en el Registro Municipal de establecimientos de animales de compañía

Solicitud de Inscriptción en el Registro Municipal de Establecimientos de Animales de Compañía


Finalidad

La ley andaluza 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales, dedica su capítulo IV a regular las condiciones que deben cumplir los centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía.

Una de las obligaciones exigidas a estos centros es la de inscribirse en un registro existente en cada municipio, lo que permitirá disponer de un censo de los establecimientos cuya actividad está relacionada con los animales de compañía, a efectos no sólo estadísticos sino también para garantizar el control del cumplimiento de la normativa sobre protección animal por parte de sus titulares; y todo ello, en el marco de una gestión pública orientada hacia la protección y el control de los animales de compañía, tal y como demanda la sociedad en la que vivimos.

En desarrollo de esta previsión legal, así como del Decreto 65/2012, de 13 de marzo, por el que se regulan las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales, se redacta el reglamento regulador del Registro Municipal de Centros Veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado de los animales de compañía del Ayuntamiento de Fuengirola, que regula todos los aspectos relativos al funcionamiento y procedimiento de inscripción en el registro municipal, a fin de unificar criterios y alcanzar la máxima eficacia en el ámbito de las actividades relacionadas con animales de compañía.

Órgano gestor

Departamento de Sanidad.

Efecto del silencio administrativo

No procede

Normativa básica

Reglamento regulador del Registro Municipal de Centros Veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado de los animales de compañía del Ayuntamiento de Fuengirola.

Documentación relacionada

- Registro establecimientos animales compañía : Solicitud de inscripción en el Registro Municipal de establecimientos de animales de compañía

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

Documentación a aportar

Documentación requerida
Fotocopia DNI/NIE del titular o CIF caso de mertantil acompañada de copia de DNI del administrador o representante legal
Fotocopia DNI/NIE del titular o CIF caso de mertantil acompañada de copia de DNI del administrador o representante legal de la sociedad (autorización administrativa normalizada acompañando del DNI)
Informe técnico sanitario sobre las condiciones de manejo, higiene y profilaxis de los animales albergados, visado por veterinario
Informe técnico sanitario sobre las condiciones de manejo, higiene y profilaxis de los animales albergados, que deberá estar visado por veterinario. Este deberá contener una memoria descriptiva de la actividad, descripción de las instalaciones y detalle de la eliminación de vertidos y residuos y protocolo de actuación desde el ingreso del animal hasta su salida.
Copia de la declaración responsable, comunicación previa o licencia municipal de aperturas que corresponda
Copia de la declaración responsable, comunicación previa o licencia municipal de aperturas que corresponda, presentada para el inicio de la actividad
Copia de la autorización o inscripción como núcleo zoológico, por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, de la Junta de Andalucía
Copia de la autorización o inscripción como núcleo zoológico, por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, de la Junta de Andalucía, cuando así lo exija la normativa aplicable
Otros documentos