Todas aquellas personas interesadas en contraer matrimonio civil en el Ayuntamiento de Fuengirola deberán seguir los siguientes pasos:
- Dirigirse al Registro Civil, en el Palacio de Justicia de Fuengirola, sito en la calle 'Párroco Juan Antonio Jiménez Higuero', junto a la parroquia de San José. En el Registro Civil se habrá de tramitar el expediente correspondiente.
- Mientras se tramita el referido expediente -el Registro Civil suele tardar entre tres y cuatro meses en hacerlo- se puede reservar una fecha en el Ayuntamiento de Fuengirola previo pago de la cuantía del precio público (102,70?) (departamento de Secretaría General) para celebrar el enlace (de lunes a sábados, por la mañana, excluidos festivos). Dicha fecha solo podrá ser modificada con posterioridad por causas justificadas documentalmente; en este caso la nueva fecha a designar habrá de supeditarse a las reservas que hayan realizado otros interesados y deberán comunicarlo al Registro Civil del Juzgado de Fuengirola para que éste dicte nuevo Auto.
- Diez días antes, como mínimo, a la fecha fijada para la celebración del matrimonio habrán de presentarse en la Secretaría General del Ayuntamiento de Fuengirola los siguientes documentos:
- Auto, expedido por el Registro Civil, delegando y autorizando la celebración del enlace en el Ayuntamiento de Fuengirola.
- Fotocopias de los documentos de identidad de los dos contrayentes y de las dos personas que actuarán como testigos en la ceremonia (D.N.I., permiso para conducir, pasaporte, tarjeta de residencia o cualquier otro que acredite fehacientemente la personalidad de los 4 intervinientes). Los testigos podrán ser los mismos que hayan acudido al Registro Civil u otros distintos, quedando este extremo a criterio de los contrayentes.