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Comunicación vehículo abandonado en vía pública

Comunicación vehículo abandonado en vía pública


Finalidad

Inicio de seguimiento de vehículos abandonados:

  • De oficio por la Policía Local.
  • Por denuncia.

Procedimiento:

  • Una vez que Policía Local tiene conocimiento, se comprueba el estado del vehículo, donde se verifica los síntomas que presenta, y si cumple los requisitos que establece el artículo 106.b del R.D.L. 06/15 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y  Seguridad Vial, es decir, permanecer al menos un mes en el mismo lugar y presentar desperfectos que imposibiliten su desplazamiento por sus propios medios.
  • Si se cumple los requisitos de abandono se pone una pegatina de aviso  al vehículo,  donde indicará  que ha sido inspeccionado por la Policía Local. De estas actuaciones previas,  la Policía deja constancia documental en sus archivos.
  • Una vez finalizado el proceso anterior, se envía un requerimiento al titular registral del vehículo, donde se le informa de la situación en que se encuentra el mismo  y se le da el  plazo de un mes  para subsanar las deficiencias que presenta.  Si la localización del titular resultase  infructuosa, se envía publicación al Boletín Oficial del Estado de los siguientes datos: marca, modelo, matrícula del vehículo, D.N.I./N.I.E. o Pasaporte de titular registral y lugar del abandono, debiendo transcurrir  30 días desde la publicación para proceder a la retirada.
  • Transcurrido los plazos, si el vehículo sigue en las condiciones de abandono ya verificadas, se retirará el mismo de la vía pública.
  • Una vez retirado el vehículo de la vía pública, se remite a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT), según establece la legislación sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, procediendo a su descontaminación.
  • Una vez que se finaliza este proceso y el vehículo ha sido completamente destruido, el CAT emite un certificado de destrucción y solicita telemáticamente la baja definitiva del mismo a la Jefatura Provincial de Tráfico, la cual emitirá un informe de baja al centro autorizado. Esta documentación es enviada a Policía Local y quedará a disposición del titular registral, finalizando el proceso.
  • Finalizado todo el procedimiento descrito, que dura aproximadamente unos 90 días naturales, el Ayuntamiento repercutirá al titular registral del vehículo los gastos derivados de todas las gestiones y actuaciones.

Órgano gestor

Ayuntamiento de Fuengirola

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Descripción
Plazo de tramitación del expediente es de 6 meses.
Plazo del recurso
15 día/s

Información Adicional

Observaciones

Órgano que resuelve
CONCEJAL DELEGADO
Plazo resolución
15 día/s

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

Documentación a aportar

Documentación adjunta
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