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Baja en Padrón

Descripción

Trámite por el que se da de baja en el Padrón de habitantes a quienes figuren inscritos sin residir efectivamente en el municipio, previa tramitación del correspondiente expediente.

Los Ayuntamientos darán de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón a quienes figuren inscritos sin residir habitualmente en el Municipio, una vez comprobada esta circunstancia en un expediente en el que se dará audiencia a la persona interesada.

La «solicitud de baja de domicilio», también puede ser presentada por la persona que posea en la actualidad la propiedad o contrato de arrendamiento en la vivienda donde figuran inscritas las personas que pretende dar de baja. En la solicitud se debe facilitar cuanta información conozca sobre el domicilio o paradero actual de la persona/s indebidamente inscrita/s.

Declarar datos que no son verdaderos puede ser constitutivo de delito y/o falta.

¿Quién lo puede solicitar? Persona Física.
¿Cuándo iniciar el trámite?

09:00 - 11:00 . TURNO PRESENCIAL - Se atiende mediante TURNO DE LLEGADA, solicitando su turno correspondiente en la máquina habilitada en la planta baja del Ayuntamiento. Agotados los turnos, se atenderán las citas pedidas a través de Internet.

11:00 - 14:00. CITA PREVIA - Se atenderán las citas pedidas a través de Internet
NOTA: No será posible la atención sin turno, ni sin cita. En caso de que no se tenga turno, ni cita previa, pero sí haya citas disponibles por Internet, se atenderán a tanas personas como citas queden disponibles.
TURNO/ CITA por persona.

Documentación a aportar
  1. Solicitud de baja indicando las personas que no residen en el domicilio.
  2. Si el declarante es el propietario, deberá presentar:
    • DNI, Tarjeta de Residencia, pasaporte original
    • Escritura de Propiedad de la vivienda o recibo del IBI a su nombre del último año.
  3. Si el declarante es el arrendatario, deberá presentar:
    • DNI, Tarjeta de Residencia, pasaporte original o fotocopia compulsada del solicitante.
    • Contrato de alquiler original y último recibo del alquiler.
    • Cualquier otro documento que acredite interés legítimo (sentencia judicial).
¿Dónde solicitarlo?

Presencialmente: Estadística - Padrón Municipal.

Normativa
¿Quién tramita la solicitud? Ayuntamiento de Fuengirola
Organismo resolutor Ayuntamiento de Fuengirola
Observaciones
Descarga de documentos
13 de Noviembre de 2023

Presencial Presencial

  • Estadística - Padrón Habitantes
    • Pza. De España, 1. Ayuntamiento de Fuengirola. Planta baja, junto a los cajeros.,
    • Horario:

      Lunes a viernes de 9:00-14:00

      09:00 - 11:00 . TURNO PRESENCIAL - Se atiende mediante TURNO DE LLEGADA, solicitando su turno correspondiente en la máquina habilitada en la planta baja del Ayuntamiento. Agotados los turnos, se atenderán las citas pedidas a través de Internet.

      11:00 - 14:00. CITA PREVIA - Se atenderán las citas pedidas a través de Internet
      NOTA: No será posible la atención sin turno, ni sin cita. En caso de que no se tenga turno, ni cita previa, pero sí haya citas disponibles por Internet, se atenderán a tanas personas como citas queden disponibles.
      TURNO/ CITA por persona.

    • Telf: 951 91 65 56/ 951 91 65 57/ 952 58 93 84
    • estadistica@fuengirola.org