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Calificación Ambiental por Declaración Responsable

Descripción

Se considera declaración responsable el documento suscrito por la persona interesada, en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio; así como de las modificaciones de las condiciones en las que se presta toda aquella actividad no sujeta al régimen de licencia de apertura.


Están sometidas a Calificación Ambiental mediante Declaración Ambiental las actuaciones, tanto públicas como privadas, así señaladas en la Ley 3/2014 y sus modificaciones sustanciales, tales como, comercio minorista pan, pasteles, alimentación, bebidas, frutas y verduras, carnicerías, pescaderías, lavanderías, etc.
La Calificación Ambiental favorable constituye un requisito indispensable para el otorgamiento de la licencia municipal correspondiente.

Documentación a aportar
  • DNI/NIE del titular, o CIF caso de mercantil acompañada de una fotocopia del DNI del administrador o representante legal de la sociedad. Caso de existir representante, otorgamiento de representación acompañando DNI.
  • Informe favorable del uso según el PGOU.
  • Proyecto técnico original, suscrito por técnico competente y visado por su colegio profesional correspondiente (formato digital y papel).
  • Certificado final de medioambiente y medición acústica, según proceda.
  • Contrato recogida de residuos peligrosos, según proceda.
  • Fichas técnicas de maquinarias y equipos instalados (fotografías).
Medios de contacto

Departamento de Aperturas
Ayuntamiento de Fuengirola, 4ª planta, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Teléfono: 952589392
Correo electrónico: aperturas@fuengirola.org

Precio y forma de pago Transferencia bancaria o ventanilla
Normativa

Ley 7/2007, de 09 de julio, modificada por el Ley 3/2014.
Decreto 297/1995, de 19 de diciembre.

¿Quién tramita la solicitud? Ayuntamiento de Fuengirola
Requisitos

Instancia debidamente cumplimentada según modelo normalizado, acompañada de la documentación requerida.

Organismo resolutor Ayuntamiento de Fuengirola
Observaciones

Las solicitudes producirán efectos únicamente si vienen acompañadas por la documentación que permita iniciar el procedimiento administrativo correspondiente. Con carácter previo a la presentación de los documentos por el solicitante, la administración municipal comprobará su oportunidad y suficiencia desde un punto de vista sustantivo y formal.

Descarga de documentos
22 de Septiembre de 2021

Registro Electrónico Registro electrónico

Presencial Presencial

  • Aperturas
    • Ayuntamiento de Fuengirola. Pza. De España, 1., 4ª planta
    • Horario: Lu-Vi 9:00-14:00
    • Telf: 952 58 93 92
    • aperturas@fuengirola.org