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Descripción | Cambio de Titularidad Catastral. Alteración de la titularidad y variación de la cuota de participación de bienes. |
Documentación a aportar |
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Medios de contacto | Departamento del Impuesto de Bienes Inmuebles (I.B.I.U) |
Normativa | -Legislación Estatal
Los textos que se ofrecen en estas páginas están destinados a su uso como instrumento documental. El Ayuntamiento de Fuengirola no se hace responsable de su contenido. Estos textos no tienen validez jurídica alguna. Para fines jurídicos consulte los textos publicados en los Boletines y Diarios Oficiales. Gracias. |
¿Quién tramita la solicitud? | Ayuntamiento de Fuengirola |
Requisitos | Ser el propietario, titular de un derecho real de usufructo o de superficie, o titular de una concesión administrativa de los bienes inmuebles en los que se produzca la alteración o variación. |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Fuengirola |
Observaciones |
El plazo de presentación de las declaraciones catastrales será de dos meses contados desde el día siguiente al del hecho, acto o negocio objeto de la declaración.
En las Gerencias, Subgerencias o Unidades locales del Catastro o las Delegaciones de Hacienda en que se integran. https://www.sedecatastro.gob.es/Accesos/SECAccDNI.aspx?Dest=35 En los demás órganos y oficinas que se relacionan en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. |
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